Skip to content Skip to sidebar Skip to footer

Devolución IVA en operaciones incobrables

LogoSimbolo En la siguiente entrada/post vamos a explicar el proceso de solicitud de devolución del IVA para las operaciones calificadas coloquialmente de "morosos". El principal concepto a tener en cuenta es la definición de crédito incobrable a efectos de Hacienda, el crédito incobrable debe cumplir con una serie de requisitos:
  1. Haber transcurrido 1 año desde el devengo del impuesto sin que se haya obtenido el cobro, de todo o parte del crédito. Este período será de 6 meses para empresarios o profesionales que no tengan la condición de gran empresa.
  2. Reflejo en los Libros Registros de contabilidad
  3. Reclamación judicial para su cobro, o requerimiento notarial, incluso cuando se trate de créditos afianzados por Entes públicos.

Read More

Oficinas

Aragón, 40, entlo. 4, 07005 Palma, Illes Balears, España.

Des Coconar, 15 bajos, 07590, Cala ratjada, Illes Balears, España.

De 09:00 a 14:00

Oficina Palma   –  Oficina Cala Ratjada
📞 971 419 794  –  📞 971 564 781

📲 Urgencias 685 829 775

Recibe información

Genius Asesores. S.L. © 2026. Inscrita en el Registro Mercantil de Palma de Mallorca, folio 201, tomo 2208, hoja PM54645, inscripción 1

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies
error: Oops!