
En la siguiente entrada/post vamos a explicar el proceso de
solicitud de devolución del IVA para las operaciones calificadas coloquialmente de "morosos". El principal concepto a tener en cuenta es la definición de crédito incobrable a efectos de Hacienda, el crédito incobrable debe cumplir con una serie de
requisitos:
- Haber transcurrido 1 año desde el devengo del impuesto sin que se haya obtenido el cobro, de todo o parte del crédito. Este período será de 6 meses para empresarios o profesionales que no tengan la condición de gran empresa.
- Reflejo en los Libros Registros de contabilidad
- Reclamación judicial para su cobro, o requerimiento notarial, incluso cuando se trate de créditos afianzados por Entes públicos.