Si usted es empresario o su empresa no tiene NIF intracomunitario y realizó compras a países de la Unión Europea, sepa que desde el 01 de Enero ya es posible solicitar la devolución del IVA a través del modelo 360.
Solo se puede solicitar la devolución si la cuota de IVA es superior a 50€.
En el caso de ser superior a 400€ puede solicitar la devolución trimestralmente, en caso contrario la devolución solo podrá solicitarse anualmente.
Plazo límite: Hasta el 30/09 siguiente del año natural.
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