A partir del 7 de abril la Agencia Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes el borrador o los datos fiscales de la declaración del IRPF a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Plazos:
Del 7 abril al 30 de junio: Confirmación del borrador por vía electrónica.
Del 11 de mayo y el 30 de junio: Confirmación del borrador de declaración por cualquier otra vía, cualquiera que sea su resultado, a ingresar, a devolver o negativo así en el caso de presentación de la declaración de forma presencial
Si el resultado del borrador de declaración es a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación será hasta el 25 de junio, en caso contrario hasta el 30 de junio.
Del 7 de abril al 30 de junio: presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio
Obligados a declarar (en el caso de cumplir alguno de estos tres casos):
A) Rendimientos del trabajo
– Quienes obtengan más de 22.000 euros anuales por rendimientos íntegros del trabajo de un solo pagador.
– En el caso de tener más de un pagador, si tiene rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 11.200 euros anuales cuando:
- La suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.
- Se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas
- El pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener
- Se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención
NOTA: Las percepciones de desempleo tienen la consideración de rendimientos del trabajo, por lo tanto, si ha trabajado y ha percibido subsidio de desempleo por importe superior a 1.500 euros anuales, está obligado a declarar.
B) Capital mobiliario y ganancias patrimoniales: En el caso de tener rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, superiores a 1.600€ anuales
C) Capital inmobiliario, rendimientos sin retención de letras del tesoro y subvenciones adquisición vvdas. de protección oficial: Si el superan en su conjunto 1.000 Euros anuales
Puede descargarse el borrador de su declaración con el sistema RENO en el siguiente enlace: Descarga borrador delcaración por sistema RENO
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