
El 15 de abril de 2023 entró en vigor la Orden HFP/311/2023 a través de la cual se elevó el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento. Desde esa fecha, Hacienda permite aplazar deudas de hasta 50.000 € sin avales.
El nuevo límite se establece en 50.000 euros
Hay que tener en cuenta que para determinar importe de la deuda, se acumularán, en el momento de la solicitud, tanto las deudas a las que se refiere la propia solicitud, como cualesquiera otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.