Según orden ministerial HAP/2178/2015 publicada el 20/10/15, se eleva el límite exento de aportación de garantias en la solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento para el pago de deudas de derecho público gestionadas por la Agencia estatal de la administración Tributaria.
El nuevo límite se establece en 30.000 euros
Hay que tener en cuenta que para determinar importe de la deuda, se acumularán, en el momento de la solicitud, tanto las deudas a las que se refiere la propia solicitud, como cualesquiera otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.
La fecha de entrada en vigor de esta disposicón es a partir del día 21/07/15 así pues para las solicitudes de aplazamiento en tramitación con fecha anterior al 21/10/15 seguirán rigiéndose con el límite de 18.000 Euros.
Referencia normativa: Orden HAP/2178/2015