La proliferación de este tipo de operaciones a través de plataformas online se han multiplicado en pocos años. En numerosas ocasiones las ventas de este tipo de artículos se hace a precio inferior al de compra, por el contrario, si el vendedor lo ha venido a precio superior del de compra, la ganancia obtenida está sujeta a tributación en la declaración de la renta.
Otra cosa a tener en cuenta es que las ventas de productos usados realizadas por particulares en plataformas online estarán sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), tributando al 4% a través del modelo 600.
En definitiva, Hacienda pretende:
- Al contrario de las ventas físicas , la fiscalización de las operaciones realizadas por estos canales de venta es más sencilla ya que éstas dejan rastro en la web.
- Controlar un foco de economía sumergida, posibles actividades empresariales como si fuesen entre particuales.
Nota: No estamos tratando el IVA de estas operaciones ya que presuponemos que el vendedor lo hace a título personal.
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